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Calculadora de Jubilación Argentina 2026

Estimá en minutos cuándo podés jubilarte, qué tipo de jubilación te corresponde y cuánto cobrarías mensualmente. Jubilación ordinaria, Prestación por Edad Avanzada y PUAM.
lightbulbEjemplo práctico y Fórmula

¿Cómo se calcula?

Fórmula del haber jubilatorio argentino
El haber mensual de la jubilación ordinaria se compone de tres prestaciones:
Haber = PBU + PC + PAP
- PBU (Prestación Básica Universal): Monto fijo que cobran todos los jubilados ordinarios por igual, independientemente de su salario previo.
- PC (Prestación Compensatoria): Se calcula sobre los años de aportes anteriores a julio de 1994.
- PC = 1,5% × años de aportes pre-1994 × promedio salarial actualizado (hasta un máximo de 35 años).
- PAP (Prestación Adicional por Permanencia): Se calcula sobre los años de aportes desde julio de 1994 en adelante.
- PAP = 1,5% × años de aportes post-1994 × promedio salarial actualizado.
El resultado no puede ser inferior al haber mínimo ni superior al tope máximo vigente.
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Prestación por Edad Avanzada (PEA)
Para personas de 70 años o más con al menos 10 años de aportes. El haber equivale al 70% del que correspondería por jubilación ordinaria.
PUAM (Pensión Universal para el Adulto Mayor)
Para personas de 65 años o más sin requisito de aportes. El monto equivale al 80% del haber mínimo jubilatorio vigente.

Preguntas Frecuentes

En Argentina, la edad mínima de jubilación es de 65 años para los hombres y 60 años para las mujeres, siempre que cuenten con al menos 30 años de aportes al sistema previsional SIPA. Si no se cumplen los 30 años de aportes, existen alternativas: la Prestación por Edad Avanzada (70 años con 10 años de aportes) y la PUAM (65 años sin requisito de aportes).
El haber jubilatorio se calcula como la suma de tres componentes: la Prestación Básica Universal (PBU, monto fijo para todos), más la Prestación Compensatoria (PC) por años de aportes anteriores a julio de 1994, más la Prestación Adicional por Permanencia (PAP) por años de aportes desde julio de 1994. La fórmula es: Haber = PBU + (1,5% × años pre-1994 × promedio salarial) + (1,5% × años post-1994 × promedio salarial). El resultado no puede ser inferior al haber mínimo vigente.
Sí. La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), creada por la Ley 27.260, permite acceder a una prestación mensual a partir de los 65 años sin importar la cantidad de años aportados, siempre que no se tenga otro beneficio previsional o pensión de ANSES. El monto equivale al 80% del haber mínimo jubilatorio vigente.
Es un beneficio previsional para personas de 70 años o más que cuenten con al menos 10 años de aportes, de los cuales al menos 5 deben estar dentro de los últimos 8 años. El monto que se percibe equivale al 70% del haber que correspondería por jubilación ordinaria.
Los tres regímenes aportan al mismo sistema previsional (SIPA) y los años de aportes son equivalentes para el cálculo del haber. La diferencia es el monto aportado: en relación de dependencia se descuenta el 11% del sueldo bruto; los autónomos pagan un monto fijo mensual según su categoría; y los monotributistas incluyen el componente previsional dentro de su cuota de monotributo.
Podés consultarlo de forma gratuita en Mi ANSES (anses.gob.ar) ingresando con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social. Allí encontrás tu historial de aportes mes a mes desde el inicio de tu actividad laboral registrada.
Son los tres componentes del haber jubilatorio. La PBU (Prestación Básica Universal) es un monto fijo que cobran todos los jubilados ordinarios por igual. La PC (Prestación Compensatoria) se calcula en base a los años de aportes anteriores a julio de 1994. La PAP (Prestación Adicional por Permanencia) considera los años de aportes desde julio de 1994 en adelante. La suma de los tres determina el haber mensual.
La moratoria previsional es un mecanismo que permite a los trabajadores regularizar períodos sin aportes al sistema previsional, pagando la deuda en cuotas. Esto les permite acceder a la jubilación ordinaria cuando de otro modo no alcanzarían los 30 años requeridos. Su disponibilidad y condiciones dependen de la normativa vigente. Para saber si podés acceder, consultá directamente en ANSES.

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