¿Cómo se calcula el adicional por antigüedad en el sueldo? Guía por convenio 2026

El plus por antigüedad no es igual en todos los convenios: en Comercio y Sanidad suma un % fijo por año, en Estatales sube por tramos, y en la Construcción directamente no existe. Te mostramos cómo calcularlo según tu CCT.

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Respuesta rápida: El adicional por antigüedad se calcula multiplicando tu sueldo básico de convenio por un porcentaje que depende de tus años trabajados en la empresa. En Comercio, Gastronómicos y Casas Particulares es 1% por año sobre el básico; en Sanidad y en el sector público la escala es progresiva y puede superar el 100% del básico con muchos años de antigüedad. En la Construcción (UOCRA), en cambio, no existe este adicional: se reemplaza por el Fondo de Cese Laboral.

Por qué tu recibo de sueldo no cierra si no tenés en cuenta la antigüedad

Es uno de los reclamos más comunes en cualquier grupo de Facebook o consulta a un contador: "llevo 5 años en la empresa, ¿por qué mi sueldo no sube automáticamente?". La respuesta casi siempre es la misma: sí sube, pero el concepto figura aparte en el recibo, generalmente bajo el nombre "antigüedad" o "adicional por antigüedad", y muchos trabajadores no saben cómo verificar si el monto que les liquidan es el correcto.

El problema se agrava porque no existe una fórmula única para toda Argentina. Cada Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) fija su propio porcentaje, y en algunos rubros —como la construcción— el concepto directamente no existe bajo esa forma. Si no sabés qué convenio te aplica, es imposible saber si te están pagando de más, de menos, o exactamente lo que corresponde.


La fórmula general del adicional por antigüedad

En la mayoría de los convenios donde este adicional existe, la lógica es la misma:

Plus por Antigüedad = Sueldo Básico de Convenio × % por Antigüedad

Donde el % por Antigüedad surge de multiplicar el porcentaje que fija tu CCT por cada año, por la cantidad de años cumplidos (en los convenios de porcentaje fijo por año), o de una tabla de tramos (en los convenios de escala progresiva).

Es fundamental entender que este adicional es remunerativo: se suma al básico antes de calcular otros conceptos como las horas extras, el presentismo y el aguinaldo. Es decir, no es un monto aislado: tener más antigüedad también hace crecer indirectamente el resto de tu recibo.


El porcentaje según tu convenio: no es lo mismo en todos lados

Empleados de Comercio (CCT 130/75)

Es el convenio más grande del país en cantidad de trabajadores. El CCT 130/75 reconoce un adicional por antigüedad equivalente al 1% del básico de la categoría por cada año trabajado en la empresa, de modo que un empleado con 10 años de antigüedad cobra un 10% adicional sobre su básico solo por ese concepto.

Casas Particulares (empleadas domésticas)

También aplica un esquema simple: el adicional por antigüedad equivale al 1% del sueldo mensual por cada año cumplido, un beneficio que se incorporó en 2021 con cálculo retroactivo hasta septiembre de 2020.

Gastronómicos (UTHGRA CCT 389/04)

Al igual que Comercio, aplica un 1% del básico por cada año de antigüedad cumplido.

Sanidad (FATSA, CCT 103/75, 108/75, 122/75)

El sector salud no usa un porcentaje fijo lineal: la escala es progresiva y aumenta en tramos según los años cumplidos, por lo que dos trabajadores con la misma categoría pero distinta antigüedad pueden tener una diferencia porcentual mayor a la simple resta de años.

Estatales y Docentes

Es el esquema con el rango más amplio: la escala porcentual puede arrancar cerca del 10% en los primeros tramos y superar el 100% del básico para quienes acumulan varias décadas de servicio, según jurisdicción y escalafón.

Construcción (UOCRA, CCT 76/75) — el caso especial

Acá está el error más común: mucha gente asume que la construcción también paga un porcentaje de antigüedad, y no es así. El régimen de la Ley 22.250 reemplaza este adicional por el Fondo de Cese Laboral, un depósito mensual equivalente a un porcentaje de la remuneración (más alto durante el primer año y menor después) que el trabajador cobra al finalizar la relación laboral, independientemente de la causa. La antigüedad en la construcción sí influye en otros beneficios, como los días de vacaciones, pero no genera un adicional mensual en el bolsillo.

Convenio / Sector Esquema Referencia
Comercio (CCT 130/75) 1% del básico por año Porcentaje fijo
Casas Particulares 1% del sueldo por año Porcentaje fijo
Gastronómicos (UTHGRA) 1% del básico por año Porcentaje fijo
Sanidad (FATSA) Escala progresiva por tramos Variable
Estatales / Docentes Escala progresiva, hasta +100% Variable
Construcción (UOCRA) No aplica — Fondo de Cese Laboral Sistema distinto (Ley 22.250)

Los porcentajes de convenio pueden actualizarse por acta paritaria. Verificá siempre la escala vigente de tu CCT en el sitio del Ministerio de Trabajo de la Nación antes de reclamar diferencias.


Ejemplo paso a paso: Empleado de Comercio con 6 años de antigüedad

Tomemos el caso más común, el de un trabajador bajo CCT 130/75:

  • Sueldo básico de categoría: $800.000 ARS
  • Porcentaje de antigüedad (1% × 6 años): 6%
  • Monto del plus por antigüedad: $800.000 × 0,06 = $48.000 ARS/mes
  • Sueldo bruto remunerativo (básico + antigüedad): $848.000 ARS

Sobre estos $848.000 —y no sobre el básico original de $800.000— se calculan después el presentismo, las horas extras y el aguinaldo. Ese detalle es el que más diferencias genera cuando un empleador liquida mal el recibo.

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¿Qué hacer si sospechás que no te están pagando bien la antigüedad?

  1. Identificá tu CCT. Figura en tu recibo de sueldo o lo podés consultar con tu sindicato.
  2. Revisá el básico de tu categoría vigente, ya que se actualiza con cada acuerdo paritario y el adicional se calcula sobre ese valor actualizado, no sobre uno viejo.
  3. Calculá el porcentaje que te corresponde según tus años exactos de antigüedad en la empresa (no en el sector, sino en esa empresa puntual).
  4. Compará el resultado con lo que figura en tu recibo. Si hay una diferencia sostenida en el tiempo, podés consultarlo primero con Recursos Humanos y, si no se resuelve, con tu sindicato o un abogado laboralista.

Preguntas frecuentes (FAQ) sobre el adicional por antigüedad

¿Desde cuándo se empieza a cobrar el adicional por antigüedad?

Generalmente se devenga a partir del mes en que el trabajador cumple el año calendario exacto de servicio continuo en la empresa, no de forma proporcional desde el primer día.

¿El presentismo se calcula sobre el sueldo con antigüedad ya sumada?

Sí. En la mayoría de los convenios, como Comercio, el presentismo (por ejemplo el 8,33%) se liquida sobre la suma del básico más el adicional de antigüedad, no sobre el básico solo.

¿La antigüedad en la construcción no suma nada al sueldo?

No suma como porcentaje mensual del sueldo. En su lugar, la Ley 22.250 establece el Fondo de Cese Laboral, un depósito mensual a favor del trabajador que se cobra al finalizar la relación laboral, con un porcentaje más alto durante el primer año de trabajo.

¿Si cambio de empresa pierdo la antigüedad acumulada?

Sí, en la gran mayoría de los convenios la antigüedad se cuenta desde el ingreso a esa empresa específica, no desde que empezaste a trabajar en el sector. Solo en casos de transferencia de establecimiento o fusión de empresas puede reconocerse la antigüedad previa.

¿Qué pasa si mi convenio no está en esta lista?

Cada CCT tiene su propio artículo de "antigüedad" o "adicionales". Si tu actividad no está entre las mencionadas acá, lo más seguro es consultar el texto completo de tu convenio en el Ministerio de Trabajo o preguntarle directamente a tu sindicato por el porcentaje vigente.


Conclusión

El adicional por antigüedad parece un concepto simple, pero varía muchísimo según el convenio que te aplica, y calcularlo mal —de cualquiera de los dos lados, empleador o empleado— genera diferencias que se arrastran mes a mes y también afectan el aguinaldo y una eventual liquidación final. Conocer el porcentaje exacto de tu CCT es el primer paso para verificar que tu recibo de sueldo esté en orden.

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Última actualización: agosto 2026. Este artículo es meramente informativo y no reemplaza el asesoramiento de un profesional matriculado en Relaciones Laborales o un abogado laboralista. Los porcentajes de cada convenio se actualizan por acuerdos paritarios; verificá siempre la escala vigente en las fuentes oficiales antes de tomar decisiones.

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